QUIENES CUENTAN CON PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS NEGRAS (PTAN).
Las instalaciones e inmuebles que ya cuentan con plantas de tratamiento de aguas negras por supuesto que pueden seguir usandolas, sin embargo nosotros somos su mejor opcion debido a: el espacio que ocupan las plantas de tratamiento de aguas negras (PTAN), la molestia de malos olores, el alto costo de operarlas y mantenerlas (por economia de escala), la necesidad de disponer de los lodos y basura que de ellas se generan, y que por ningun motivo deben ser descargados a los drenajes, ademas de los costos por consumo de energia electrica, personal de operacion, compra de reactivos, mantenimiento, costo de los analisis de la calidad del agua, el tiempo, dinero y esfuerzo que implica la obligacion de reportes trimestrales a la autoridad sobre las descargas en calidad y cantidad, asi como de la presentacion de constancias de que los lodos y basura de las plantas se estan disponiendo en rellenos sanitarios para confinar desechos industriales no peligrosos, y que los mismos se encuentren debidamente autorizados y registrados por las autoridades locales y la SEMARNAT.
Un sistema de tratamiento de aguas negras cerca de las personas siempre es un riesgo de generación de enfermedades para losvecinos y para quienes estén cerca de la misma.
Si los vecinos de Santa Fe interesados en nuestros servicios quisieran dejar de usar las plantas de tratamiento de aguas negras (PTAN), con esta misma propuesta que les estamos entregando, y de acuerdo con el reglamento ya antes mencionado, pueden dejar de operarlas y disponer de ellas, destinando el espacio que ocupan para almacenamiento y bombeo de agua clara que seria entregada por nosotros para los distintos servicios en sus instalaciones e inmuebles.
PUEDEN PRESCINDIR DE SU PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS NEGRAS.
Con este servicio para las construcciones nuevas, de acuerdo con la legislacion de Agua en el DF, si se tiene el servicio de suministro de agua tratada (como es este caso en donde ademas el agua es mas limpia que lo que pide la NOM003) y dado que el agua de descarga va directamente a nuestra planta de tratamiento, estan exentos de hacer este gasto, siempre y cuando consuman agua tratada, que por otro lado, la misma Ley de Aguas del DF., dispone que toda construccion que implique mas de 1200 m2 a partir del ano 1997, debe contar con doble tuberia sanitaria, para poder sustituir parcialmente el uso de agua potable, en beneficio de que haya mayor disponibilidad de la misma para mas personas, a favor del medio ambiente y tambien de la economia de la administracion de los inmuebles.
Con el uso de agua clara se logra el cumplimiento con la Ley de Aguas del Distrito Federal:
Artículo 35.- Los usuarios de los servicios hidráulicos deberán sujetarse a las siguientes disposiciones:
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VI. El riego de parques, jardines públicos y campos deportivos deberá realizarse con agua tratada. En las nuevas edificaciones el riego de las áreas verdes, jardines, lavado de autos, inodoros y demás usos que no requieran de agua potable, se deberá realizar con agua tratada únicamente y en donde no exista red secundaria de distribución, los usuarios implementaran las acciones necesarias para el reuso interno, la captación de agua de lluvia, en su caso se abastecerán a través de carros tanque.
- XII. Se deberá utilizar agua residual tratada producida en las plantas de tratamiento, libre de compuestos tóxicos y orgánicos patógenos que pongan en peligro la salud, en:
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